Gerardo Pérez: «No ha sido un problema de competencias, sino de coordinación y de lealtad institucional»

Operativo en el Puerto de Granadilla | Foto: Ministerio de Sanidad

Operativo en el Puerto de Granadilla | Foto: Ministerio de Sanidad

El profesor de Derecho Constitucional de la ULL valora el conflicto entre el Gobierno central y Canarias por el crucero “Hondius” y subraya que era necesario encontrar una solución humanitaria para las personas afectadas.

El doctor en Derecho y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, Gerardo Pérez, considera que la crisis institucional surgida entre el Gobierno de Canarias y el Estado por la gestión del crucero “Hondius” pone de manifiesto un problema de “lealtad y coordinación institucional” más que una verdadera disputa competencial.

Pérez analiza el choque político generado tras la decisión del Estado de asumir directamente la gestión del barco afectado por un brote sanitario, después de que el presidente canario, Fernando Clavijo, expresara públicamente su desacuerdo con el atraque en Canarias.

La cuestión de las competencias

El jurista sostiene que, desde el punto de vista jurídico, las competencias corresponden “claramente” al Estado por varias razones. Recuerda que la sanidad exterior es una competencia exclusiva estatal recogida en la Constitución, que el puerto de Granadilla es de interés general y, además, que la Ley de Marina Mercante atribuye al Estado la gestión de situaciones relacionadas con buques en riesgo o con problemas en el mar.

Pérez añade que, incluso en el supuesto de que existiera algún solapamiento con competencias autonómicas, prevalecería el derecho estatal en aplicación del artículo 149.3 de la Constitución. Sin embargo, insiste en que eso no exime al Gobierno central de su obligación de informar y cooperar con la comunidad autónoma: «No es tanto un problema de competencias como un problema de la obligación de coordinación y de lealtad institucional»

A su juicio, el Ejecutivo estatal no actuó con suficiente transparencia respecto a la información facilitada inicialmente sobre la duración y alcance de la operación. Señala que, según se trasladó en un primer momento, la intervención iba a durar menos de 24 horas, algo que finalmente no ocurrió.

La posición del Gobierno canario

Sobre las declaraciones de Clavijo rechazando el atraque y defendiendo el fondeo del barco, Pérez considera que no constituyen una orden, sino “una valoración política” del Gobierno autonómico sobre cómo debía gestionarse la situación.

El profesor universitario apunta además que existen aspectos discutibles en la operación, como la elección de Canarias como puerto seguro para un barco que realizaba una ruta entre Argentina y Holanda, o el hecho de que finalmente los pasajeros fueran trasladados directamente en avión sin recibir asistencia sanitaria en el puerto: «Hay cosas que desde luego se pueden valorar y criticar»

No obstante, recuerda que se trata de una situación sin precedentes y considera lógico que se hayan producido errores de coordinación. En este sentido, defiende la necesidad de aprender de lo ocurrido para futuras emergencias similares.

El papel de la OMS

Pérez también aborda el papel de la Organización Mundial de la Salud en este tipo de crisis. Explica que este organismo no tiene capacidad de imponer decisiones a los Estados, sino que ejerce funciones de coordinación y recomendación internacional.

En ese contexto, considera que países como Cabo Verde podían negarse a recibir el barco, igual que otros Estados han rechazado operaciones similares en situaciones anteriores. Aun así, subraya que era necesario encontrar una solución humanitaria para las personas afectadas.

La situación de los interinos

El experto también analiza la reciente jurisprudencia europea sobre los trabajadores interinos en la administración pública. Según explica, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha concluido que ninguna de las soluciones aplicadas hasta ahora por España para combatir el abuso de la temporalidad se ajusta al derecho comunitario.

Pérez señala que el tribunal europeo rechaza tanto la figura del indefinido no fijo como las indemnizaciones actuales o los procesos de estabilización desarrollados en los últimos años. Añade que el Tribunal Supremo ha empezado a reconocer la fijeza en determinados casos de empleados públicos laborales que superaron procesos selectivos sin obtener plaza definitiva: «Llevamos más de 25 años de retraso en el cumplimiento de esta directiva»

Finalmente, reclama una reforma legislativa que regule de manera clara las compensaciones para los empleados públicos temporales y recuerda que España sigue sin transponer correctamente una directiva europea de 1999 sobre esta materia.