Rodolfo Espino cuestiona la legalidad de la tasa turística de La Oliva y anticipa dificultades para su aplicación

Pleno del Ayuntamiento de La Oliva | Foto: Ayuntamiento de La Oliva

Pleno del Ayuntamiento de La Oliva | Foto: Ayuntamiento de La Oliva

El profesor de Hacienda Pública considera que la ordenanza municipal repite los errores de Mogán, pese a contar con informes desfavorables de responsables del Ayuntamiento y una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

El profesor universitario de Hacienda Pública Rodolfo Espino cuestiona la legalidad de la tasa turística aprobada por el Ayuntamiento de La Oliva y sostiene que su tramitación presenta problemas incluso más graves que los detectados en la ordenanza de Mogán. En declaraciones a El Espejo Canario, califica la iniciativa de «otro disparate, pero agravado» y considera que, al igual que la del municipio grancanario, no prosperará judicialmente.

Espino recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ya se pronunció contra una ordenanza similar de Mogán, al entender que el gravamen constituía un impuesto y no una tasa. «Los ayuntamientos no pueden crear impuestos», advierte, y explica que cambiar la denominación de una figura tributaria no permite eludir las limitaciones legales de las corporaciones locales.

Informes desfavorables

El profesor destaca que el expediente de La Oliva contaba desde septiembre del año pasado con un informe negativo de la tesorera municipal. Según explica, el documento, de cuatro páginas, anticipaba los argumentos que posteriormente recogió la sentencia sobre Mogán. Añade que tampoco existe un informe favorable del interventor municipal ni de la secretaria del Ayuntamiento. El interventor, además, advierte de la necesidad de habilitar una cuenta separada para conservar la recaudación ante una eventual obligación de devolverla.

Espino señala que el Ayuntamiento de La Oliva encargó un informe jurídico al mismo letrado que intervino en la elaboración de la ordenanza de Mogán. También cuestiona el estudio económico utilizado para fijar el importe del gravamen, elaborado por un ingeniero industrial, que sitúa la cuantía en casi 70 céntimos frente a los 15 céntimos establecidos en Mogán.

Posibles motivos de impugnación

El especialista explica que el cálculo económico incorpora numerosas partidas de los presupuestos municipales que después no aparecen recogidas en la ordenanza. A su juicio, esta discrepancia constituye por sí sola un posible fundamento para impugnar judicialmente la medida.

Espino interpreta finalmente la aprobación de la tasa como una iniciativa de proyección política en un contexto electoral. «Para mí esto es algo de cara a la galería porque estamos en unas elecciones y hay que buscar noticias para salir en los periódicos», afirma. Considera que el Ayuntamiento ha repetido el procedimiento de Mogán pese a conocer sus problemas jurídicos y que las dificultades para defender la nueva ordenanza ante los tribunales serán importantes.