La abogada mercantil cuestiona los criterios judiciales en la indemnización a vecinos, alerta del impacto sobre el carnaval y reclama una revisión en instancias superiores.
María Isabel Miranda aclara que no ha participado en el procedimiento judicial que ha derivado en la reciente sentencia sobre el ruido del carnaval de Las Palmas de Gran Canaria: «Yo no he ganado ninguna sentencia ni he tenido la oportunidad de defender esos intereses», afirma.
Explica que su intervención se ha limitado a analizar públicamente el fallo a partir de la información publicada, lo que ha generado una notable repercusión social.
Críticas al contenido de la sentencia
La letrada muestra una fuerte discrepancia con el contenido del fallo judicial, especialmente por considerar que introduce valoraciones impropias: «Una sentencia simplemente se tiene que limitar a juzgar», expresa.
Miranda cuestiona que el texto incluya recomendaciones y análisis que, a su juicio, exceden la función estrictamente judicial.
Indemnizaciones y criterios de valoración
Uno de los aspectos más polémicos, según la abogada, es la cuantificación de las indemnizaciones a los vecinos afectados por el ruido: «Cómo es posible que tengamos que indemnizar con 2.000 euros a cada vecino», critica.
Señala que no existe una base clara para determinar el perjuicio sufrido ni para fijar esas cantidades, lo que genera dudas sobre la objetividad del fallo.
Medición del ruido y falta de pruebas concluyentes
Miranda apunta a posibles deficiencias en la recogida de pruebas, especialmente en la medición del ruido: «Los medidores se pusieron tarde y no medían bien», sostiene.
A su juicio, el juez no dispone de elementos objetivos suficientes para acreditar el daño alegado por los vecinos, lo que debilita la resolución.
Impacto en el carnaval y riesgo de efecto llamada
La abogada advierte de las consecuencias económicas y sociales que puede tener esta sentencia: «Se está incentivando que se denuncie porque se indemniza», señala.
Considera que el fallo puede generar un efecto llamada que multiplique las reclamaciones en futuros eventos, comprometiendo la viabilidad del carnaval como actividad económica.
Recurso judicial y posibles vías legales
Miranda confía en que el Ayuntamiento recurra la sentencia y que instancias superiores revisen el caso: «Sería muy interesante llegar al Supremo», apunta.
Además, critica que el fallo se apoye en jurisprudencia antigua, lo que, en su opinión, debilita su solidez jurídica.
Defensa del carnaval como motor económico
La letrada subraya que el carnaval no es solo una celebración, sino una industria de la que dependen numerosos profesionales: «Hay gente que más del 50% de su facturación depende del carnaval», destaca.
En este sentido, lamenta la falta de movilización social ante una decisión que, a su juicio, pone en riesgo un sector clave para la economía local.
Aplicación de la ley de segunda oportunidad
En otro ámbito, Miranda pone en valor su trabajo en derecho mercantil, destacando un caso reciente en el que logra exonerar a un matrimonio de una deuda de 2,5 millones de euros: «Conseguí liberarlos con un plan de pagos de 100 euros al mes», explica.
Este tipo de actuaciones, señala, permite a personas en situación de insolvencia rehacer su vida sin perder su vivienda habitual.